Se sancionó la ley que aprueba la transferencia de las funciones de seguridad a la CABA

El Senado de la Nación sancionó durante la sesión de ayer la ley que aprueba la transferencia de las funciones de seguridad y establece el mecanismo para la determinación y asignación de los recursos necesarios para su financiamiento.

Durante el día de ayer, la Cámara de Senadores de la Nación sancionó, con cuarenta votos afirmativos y veinticinco en contra, el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Mensaje Nº 95/20, tendiente a obtener la aprobación de la transferencia de las facultades y funciones de seguridad a la CABA en los términos del artículo 75, inciso 2º, de la Constitución Nacional, con las modificaciones que fueran previamente introducidas en la Cámara de Diputados. La informante, senadora por Santa Fe María de los Ángeles Sacnun, remarcó que el objeto del debate no trataba sobre la «…coparticipación nacional sino sobre transferencias en materia de seguridad que, por supuesto, debe ir acompañada de los recursos correspondientes»; opinión con la cual no coincidió el Senador por la CABA, Martín Lousteau (JxC), quien cuestionó el dictado del Decreto PEN 735/20 por el cual se disminuyó el porcentaje destinado a la CABA, ejerciendo el Presidente de la Nación las atribuciones conferidas por el artículo 8 de la Ley 23.548.

Si bien el texto original enviado al Congreso preveía, además de la aprobación del convenio suscripto entre el gobierno nacional y el de la ciudad el 5 de enero de 2016 (art. 1º), una partida anual para su financiamiento de 24.500 millones de pesos -cifra que sería actualizada para los ejercicios sucesivos de acuerdo a un índice compuesto en un 80% por el índice nominal del salario promedio de la Policía Federal Argentina y en un 20% por el índice de precios al consumidor elaborado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-, entre las modificaciones introducidas en la Cámara de Diputados, y confirmadas por el Senado, se destacó que el gasto anual que demande la transferencia y sus mecanismos de actualización trimestral serán acordados en forma bilateral por el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de sesenta días corridos contados a partir de la sanción de la ley. También se dispuso en Diputados que, hasta tanto el acuerdo antes referido se perfeccione y entre en vigencia, se transferirá en forma mensual y automática desde el Tesoro nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la doceava parte de los 24.500 millones de pesos originales, que se considerarán a cuenta del monto que finalmente se otorgue.

La iniciativa se vincula con la problemática que tratamos en oportunidad del dictado del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 735/20, mediante el cual se adecuó al 2,32% la participación de la CABA en los recursos federales; porcentaje que ahora volvería al histórico 1,40 acordado en el acta complementaria al Convenio de Financiamiento firmado entre las mismas partes el 12 de diciembre de 2002, al cual se adicionarán los fondos que se establezcan de manera bilateral para el sostenimiento de las fuerzas federales transferidas a partir del 2016.

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