Acceso a la Información Pública

La publicidad de los actos de gobierno y la obligación de funcionarios y representantes de dar cuenta de sus actos son pilares del sistema republicano. Un Estado constituido sobre la base de la transparencia genera las condiciones necesarias para la construcción de una ciudadanía plena, empoderada y activa.

Transparentar la gestión estatal ha servido también para paliar el déficit de credibilidad de la política -reforzando la legitimidad de los gobiernos- y mejorar la confianza en las instituciones. De la voluntad política de abrir el Estado al escrutinio público depende el éxito de estos procesos.

La vinculación Pueblo-Estado es un nexo de doble vía, a través del cual el ciudadano consume información pública que devuelve mediante nuevos conocimientos y servicios desarrollados a partir de los datos liberados. Una generación de valor basada en la innovación que dinamiza la economía y mejora la calidad de vida de las personas.

El derecho de acceso a la información pública puede definirse como aquel que ostentan las personas para solicitar y obtener información completa, veraz, adecuada y oportuna que se encuentre en poder de las autoridades o particulares que reciban dinero público o ejerzan funciones administrativas, con las excepciones legales que requiera una sociedad democrática.

Nos proponemos analizar la cuestión desde sus diversos planos complementarios: como un derecho humano fundamental, como un instrumento para la participación ciudadana, como un elemento para garantizar otros derechos, como una herramienta para mejorar la gestión pública y como un presupuesto para el debido control del manejo la cosa pública.

El tránsito desde una democracia meramente electoral o delegativa hacia una democracia participativa, requiere la adopción de estrategias para la completa publicidad de la actividad Estatal, bajo el principio de máxima divulgación. Las únicas excepciones válidas en un régimen democrático y republicano son las expresamente previstas en la ley que superen los estándares de legitimidad delineados por la Corte Interamericana de Derecho Humanos (CIDH).

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